La Ley Nº 18.101 rige los contratos y juicios de arrendamiento de bienes raíces urbanos, estableciendo derechos y deberes para arrendadores y arrendatarios.
El procedimiento aplicable es el procedimiento sumario con las modificaciones que la misma ley establece, para acelerar estos juicios. Este Proceso comienza con una demanda que debe ser notificada (puesta en conocimiento) de la parte demandada, la que debe asistir a un comparendo al quinto día. Si las partes no llegan a acuerdo en ese comparendo, el tribunal fija los hechos que él considera que le deben ser probados, debiendo recibirse la pruebas que sean necesarias. El Tribunal tiene un plazo de diez días para dictar sentencia.
¿Cómo se puede asegurar el pago de las rentas adeudadas?
- El arrendador tiene derecho legal de retención sobre los muebles que guarnezcan la propiedad arrendada.
- Se presume que los muebles son de propiedad del arrendatario.
- El Art. 598 del Código de Procedimiento Civil establece que el arrendador podrá solicitar el auxilio de cualquier policía para impedir que se saquen los muebles de una propiedad arrendada.
- Este auxilio solo dura dos días, salvo que se exhiba orden de retención de un Tribunal.
¿Que es el Lanzamiento?
Cuando una sentencia ordena la restitución de un inmueble, y el arrendatario se niega a cumplir esa orden, el Tribunal ordenara que se proceda a desalojar el inmueble expidiendo una orden de lanzamiento, que de ser necesario deberá ser cumplida haciendo uso de la Fuerza Pública (Carabineros de Chile).
Si el contrato no consta por escrito se presume que la renta de arriendo será la que declare el arrendatario.
Obligaciones del arrendador:
- Entregar la cosa arrendada.
- Mantenerla en estado de servir para el fin que ha sido arrendada.
- Liberar al arrendatario de toda turbación o embarazo en el goce de la cosa arrendada.
Obligaciones del arrendatario:
- Pagar la renta de arrendamiento.
- Usar la cosa arrendada según los términos del contrato.
- Cuidar la cosa.
- Realizar reparaciones por deterioros consecuencia del normal uso de la cosa arrendada.
- Restituir la cosa arrendada.
Para mayor información favor de contactar directamente al Fono móvil: (9) 96677289


